Thursday, 26 December 2024

Personal perteneciente a Investigaciones de Zona I de Canelones lideró una investigación para esclarecer un hecho que inició con la detención de dos personas con una elevada suma de dinero.

En julio de 2020, efectivos pertenecientes a la Unidad de Respuesta Policial de la Zona IV de Montevideo observaron a dos personas circulando en una moto de alta cilindrada sin matrícula y sin luces en las inmediaciones de Albeniz y Pasaje G en el barrio Colón, por lo que le dieron la voz de alto para que se detengan. El conductor del birrodado hizo caso omiso a la orden, por lo que inició una persecución que transcurrió por varias cuadras.

Los fugitivos tomaron por la ruta 5 nueva hacia Las Piedras. Al llegar a jurisdicción de Canelones se unieron en apoyo a la persecución personal del Grupo PADO y efectivos de la URPC de Zona I de Canelones.

Al llegar a las inmediaciones de Elías Regules y Borrazas la motocicleta impactó con la camioneta de la URPC, por lo que la persecución continuó a pie. Ambos fueron detenidos y se les incautaron dos armas de fuego hurtadas, 113.000 pesos uruguayos, 15.000 dólares y la moto en la que circulaban que había sido hurtada en Montevideo.

Los investigadores solicitaron a los detenidos que justifiquen la procedencia de los bienes incautados, pero éstos no lo hicieron.

Dos años después, y luego de solicitar a los entes estatales correspondientes un informe sobre los indagados donde se justifique su situación laboral, ambos fueron puestos a disposición de la Justicia y al no obtener resultados positivos.

J.J.M.F. de 23 años, poseedor de dos antecedentes penales, y L.A.A.R. de 35 años, poseedor de nueve antecedentes penales, fueron condenados como autores penalmente responsables de un delito de lavado de activos, un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones en la modalidad de receptación en concurso formal con un delito de porte de armas en régimen de reiteración real, con un delito de desacato y dos delitos de receptación.

El primero de ellos a una pena de dos años y ocho meses de penitenciaría que será sustituida por un régimen de libertad vigilada y el segundo a dos años y diez meses de penitenciaría. No obstante, y de conformidad con los Art. 304 y 328 del CPP, se ordenó el aplazamiento de su encierro, ya que el hombre tiene a su cargo el cuidado de su madre, debiendo el imputado presentar cada 60 días ante la sede el certificado médico de que su madre se encuentra en el mismo estado sanitario o peor que justifique que continúe bajo su cuidado.

Fuente: Jefatura de Policía de Canelones.

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