El Parlamento votará cambios en la ley sobre Pensión Alimenticia. Se modificará el artículo 58 de la Ley Nº 17.823 del Código de la Niñez y la Adolescencia en concepto de ingresos y forma de acreditarlos. El diputado Daniel Radío (Partido Independiente), autor del proyecto de ley, fue entrevistado por Actualidad
Radío recordó que se le ocurrió el año pasado, reunido con sus asesores. “La forma que encontramos fue la modificación del Código de la Niñez y de la Adolescencia agregándole a un artículo, un inciso que definiera que el papá, o la mamá en su caso (casi siempre es el papá en más de un 90% de las veces), tenga que hacer una declaración jurada de bienes y de ingresos a efectos de saber calcular lo que le corresponde pagar”.
La normativa viene a complementar lo previsto en la Ley Nº 19.480, de 17 de enero de 2017, en la cual se dispone la creación de un registro de obligados al pago de pensiones alimenticias, llevado por el B.P.S. “Se procura, en ambos casos, acompasar un inconveniente que no es solo de los padres, es un problema de Estado, de todos nosotros, porque en eso va el presente del país y sobre todo del futuro del país , entonces nos tenemos que meter en eso”.
En lo pertinente a la dimensión que abarca el proyecto, el diputado indicó que “el problema es que lo que tenemos como realidad es que muchas veces estos ingresos se ocultan ingresos para no pagar la pensión alimenticia. Con esta nueva exigencia se logrará subsanar parcialmente algunas de las inequidades que existen a la hora de que perciban alimentos aquellos que son beneficiarios de los mismos y que hoy se ven perjudicados por alegaciones falsas de ingresos.
Otro hecho al cual se refirió el legislador Radío, fue sobre las estadísticas previstas en el Reporte Uruguay 2015 efectuado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), que asegura proyectaba datos inquietantes sobre el incumplimiento en el pago de pensión alimenticia, de parte de los obligados. Dicho informe establece que, aunque por ley los padres que no viven con sus hijos están obligados a darles una pensión alimenticia mensual, en Uruguay la regla parece ser otra: “la mitad de los niños menores de cuatro años (que tiene padres separados, divorciados o que nunca vivieron con ellos) NO RECIBÍAN NADA, lo que a nosotros nos parece que eso es intolerable”
Además, agregó que entre aquellos que reciben dicha prestación “si apelas a la casuística, te vas a encontrar con que hay muchos padres, muchos casos, todos conocemos, que mienten en los ingresos para pasar menos, o que trabajan en negro para no pasar, entonces, con este entendido se proyectó una manera de contribuir a mejorar el cumplimiento, exigiendo la presentación de una declaración jurada de bienes e ingresos por parte de aquellos obligados a pagar la pensión alimenticia, como un instrumento absolutamente pertinente”.
Pensando en el incumplimiento, advirtió el legislador que “pasan dos cosas, primero está cometiendo un delito correspondiente a la declaración jurada falsa … y si mañana lo descubren se va a tener que hacer cargo de las consecuencias, o sea que para mentir lo va a tener que pensar dos veces” Añadió también, que de prestar declaración jurada falsa, va a ser una falsificación de documento público, lo cual tiene pena de prisión”, además de traer aparejados estos efectos penales para quien lo hiciere, faculta al Poder Judicial, a reliquidar con retroactividad las obligaciones en relación con el pago de pensiones alimenticias.
Otro tema que estuvo presente en la charla con Actualidad fue la rendición de cuentas del padre del beneficiario y la tenencia compartida. Según sostuvo el diputado del Partido Independiente, son argumentos usuales que se le presentan al discutir dicho proyecto, y a lo cuales aportó su postura diciendo que “la ley y el Código de la Niñez y Adolescencia, establece que puede pedir que se rinda cuentas y si el juez entiende que tiene razón, entonces le hará rendir cuentas”, aclarando también que en la mayor parte de los casos, no alcanza para mantener un niño.
Además, adelantó el legislador que “estamos preparando otro proyecto, en el mismo sentido”, pues considera que todavía quedan márgenes para que se preste declaración jurada falsa, entonces planteará que haya un cruzamiento de información con la DGI, en aquel momento en que el juez se disponga a establecer la pensión alimenticia, “yo creo que de esa manera se va cerrando el cerco para que no se pueda mentir y los niños reciban lo que tienen que recibir”.
Para finalizar, Radío aclaró que “una cosa son aquellos padres que son cumplidores, que pagan lo que tienen que pagar, bueno, a esos padres, este proyecto de ley no los va a perjudicar para nada, no les hace ningún daño. ¡A los únicos que perjudica es a los que están de vivos!, o sea a los que no quieren pagar lo que les corresponde”.
El proyecto de ley se votó unánimemente en diputados y volvió desde el Senado con algunas modificaciones, se espera que se apruebe antes del receso parlamentario.