Friday, 26 April 2024
TITULARES

La Fiscalía General de la Nación brindó acceso a la solicitud de formalización presentada por la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 13o Turno a la Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal del 42do. Turno.

En este documento se describen detalladamente y los hechos, las evidencias, las normas jurídicas aplicables al caso, las medidas cautelares y el petitorio.

La Fiscalía de Flagrancia de 13º Turno, a cargo del fiscal Rodrigo Morosoli, imputó el domingo 11 de setiembre a dos hombres de iniciales B.D.B.S y S.F.F por el homicidio muy especialmente agravado de un joven a quien mataron para robarle un automóvil que pretendieron comercializar.

Se dispuso como medida cautelar la prisión preventiva de ambos por 180 días mientras continúa la investigación de los hechos.

Solicitud de formalización

SEÑORA JUEZA LETRADA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE 42o TURNO.

La Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 13o Turno, en aplicación de lo dispuesto en el 266 del Código del Proceso Penal, viene a solicitar la formalización de la investigación preliminar efectuada respecto de B. D. B. S. (uruguayo, soltero, de 30 años de edad, CI XXXXXXX – X) y S. F. F. (uruguayo, soltero, de 22 años de edad, CI XXXXXXX – X) ambos asistidos por la Defensa Pública.

Surge de las evidencias recabadas por la Fiscalía en esta etapa de la indagatoria preliminar que:

I- HECHOS

La víctima J. N. G. I. contaba (a la fecha de los hechos investigados) con 28 años de edad. Vivía con su pareja V. G. y trabajaba en el negocio de su padre (empresa “A. J.” establecida en la calle XXXX XXXXXXXX casi XXXXXXX XXXXXXX).

En este contexto, en la tarde del viernes 9 de setiembre y a la hora 17:20, J. G. V. (padre de la víctima) lo autorizó a guardar el camión que conducía y a retirarse de su lugar de trabajo. La víctima efectivamente salió del negocio próximo a la hora 18 y subió a su vehículo (marca XXXXXXX, Modelo XXXXX, color y matrícula XXX XXXX) tomando la XXXXXXXXX en dirección sureste. Minutos después se encontró con los hoy imputados B. D. B. S. y S. F. F.. B. era conocido de la víctima, por lo que accedió a que éstos subieran a su coche.

Aprovechando esta coyuntura, los imputados pretendieron quitarle el vehículo. Para ello, tomaron una cadena de hierro de aproximadamente 1,30 metros que llevaban consigo, y le provocaron la muerte mediante asfixia mecánica.

Luego de quitarle la vida a G., ambos imputados se dirigieron al domicilio de B. (sito en la calle XXXXXXX N.o XXXX) y dejaron el cuerpo oculto en una estructura de ladrillos ubicada en el pasillo común que comunica la calle con varios apartamentos. Lo descalzaron, envolvieron sus pies con una bolsa negra y envolvieron su cuello con la cadena de hierro empleada para darle muerte.

Finalmente, envolvieron el cuerpo con una frazada y encima colocaron sillas, cajas y otros trastos. El calzado de la víctima fue escondido dentro del domicilio de B., desconociéndose al momento el destino de su billetera y su teléfono celular.

Luego se retiraron en el coche rapiñado, el que procuraron negociar rápidamente. Mientras, circularon por la ciudad de Montevideo utilizando el coche. Finalmente, la familia de la víctima utilizó la aplicación de celular que permite rastrear al coche, y notó que se encontraba circulando.

Por tanto, solicitaron a unos amigos (J. C. C. y E. G.) que lo buscaran en la calle. Lo encontraron próximo a la hora 23:30, en la esquina de XXXXXXXX y calle XXXXXXXXX. Vieron además que dentro del auto se encontraban cuatro varones, ninguno de los cuales era J. G.. Por ello alertaron a los familiares de J. y llamaron al servicio de emergencia policial.

Los familiares lograron inmovilizar el vehículo mediante la aplicación mencionada, y cuando la policía arribó al lugar, dos de los varones lograron escapar, deteniéndose en definitiva a B. y F.. El cuerpo fue hallado en la noche del sábado 10 de setiembre de 2022, en el mismo lugar en que los imputados lo dejaron.

II- EVIDENCIAS.

La Fiscalía cuenta con las siguientes evidencias como fundamento del relato previamente efectuado:

- Certificado médico de constatación del fallecimiento de J. N. G. I., expedido anoche por el Dr. W. A. (ASSE – RAP) a la hora 22.

- Informe médico forense elaborado por el Dr. F. A. (ITF) estableciendo que la víctima falleció por "...asfixia mecánica por constricción cervical, dados los hallazgos al examen externo (surco de constricción cervical, hemorragias petequiales en conjuntivas y periorbitarias y cianosis en territorio tributario de vena cava superior) y examen interno (manchas de Tardieu intercisurales en pulmones)... se empleó un método de ocultamiento del cadáver (envolver con frazada y ocultar bajo varios elementos). Se descarta la etiología médico legal suicida dadas las características del cadáver al momento del hallazgo y de la zona del levantamiento. El fallecimiento del señor G. fue a raíz de una asfixia mecánica por constricción cervical a lazo, siendo éste la cadena encontrada con el cadáver".

- Carpeta de Policía Científica con documentación fotográfica de la escena donde fue hallado el cadáver e informe escrito con análisis de la misma, destacándose que la escena es "...un corredor estrecho de aproximadamente 1,40 metros de ancho... al llegar al apartamento X se observa que éste posee un pequeño retiro frontal... En el mencionado retiro se aprecia en un rincón un par de sillas de PVC, un cajón de plástico, una silla de hierro y madera. Ésta última se encuentra parcialmente movilizada, apreciándose debajo de la misma envuelto en una frazada de color marrón el cuerpo del occiso... Se observa que el piso se encontraba húmedo debajo de éste, mientras que la frazada se encontraba seca a excepción de la zona de contacto con el suelo. Desatada la frazada se logra apreciarlo estando este en decubito dorsal con sus miembros inferiores flexionados formando postura fetal, teniendo puesto en sus pies una bolsa de color negro. El cuerpo se encontraba vistiendo ropas de trabajo... en su cuello se ubica una cadena de 1,30 metros de longitud, la cual estaba envuelta en su totalidad en el cuello del occiso, formando así un surco de ahorcamiento infra laríngeo completo y dispuesto de forma horizontal. Se observa que se encuentra frío al tacto, rigidez cadavérica en etapa de retroceso, livideces fijas concordante con la posición en que fuera encontrado, observándose el momento de la instalación de la mancha verde en fosa ilíaca derecha. El cuerpo no presenta signos de lucha o defensa, apreciándose como única lesión externa visible un hematoma e inflamación en el labio inferior...".

- Declaraciones del testigo J. G. V. (padre de la víctima) indicando que su hijo trabajaba con él, y lo liberó de sus tareas el viernes 9 de setiembre a la hora 17:20. Posteriormente no contestó sus mensajes. Informó además que su hijo salió del trabajo con la recaudación del día (aproximadamente $ 6.000.-) y dinero personal.

- Audio enviado por el testigo J. G. V. a su hijo y víctima J. G. I. a la hora 17:20, corroborando sus dichos. Posteriormente hay otro audio a la hora 22:16, pidiéndole que le contestara en cuanto encendiera su teléfono.

- Declaraciones de la testigo V. G. (pareja de la víctima) dando cuenta de cómo se comunicó con este próximo a la hora 18, anunciándole que en un ratito llegaría a su casa, y que la última conexión de éste a la aplicación de mensajería WHATSAPP fue a la hora 18:08 del viernes 9 de setiembre. Dijo además que lo llamó y el teléfono le dio fuera de servicio. También relató que el auto de la víctima poseía GPS y que al entrar a la aplicación correspondiente vio que estaba en movimiento por XXXXXXXXXX, por lo que se contactó con su amiga C. C. y su esposo E. para que la ayudaran a encontrarlo.

- Declaraciones de la testigo J. C. C., dando cuenta de cómo ella y otro amigo de la víctima (E. G.) siguieron las trazas del GPS del auto de J. G. hasta llegar a la esquina de XXXXXXXXX y XXXXXXXXX; de cómo apagaron el auto y vieron a cuatro hombres bajar del mismo para empujarlo porque la testigo lo apagó utilizando la aplicación del GPS.

- Dos llamadas al servicio de emergencia policial 911 por parte de la testigo J. C. C., dando cuenta de cómo ella y su esposo siguieron las trazas del GPS del auto de su amigo y víctima J. G. hasta llegar a la esquina de XXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX; de cómo apagaron el auto y vieron a cuatro hombres bajar del mismo para empujarlo porque la testigo lo apagó utilizando la aplicación del GPS.

- Declaraciones del testigo J. N. G. I. (hermano y compañero de trabajo de la víctima) indicando cómo el viernes 9 de setiembre próximo a la hora 18 la víctima se retiró de su lugar de trabajo, y luego no contestó los mensajes enviados a su teléfono.

- Trazas correspondientes al GPS del XXXXXXX XXXXXX de la tarde y noche del viernes 9 de setiembre de 2022 apreciándose que permaneció en movimiento entre la hora 18 y la hora 18:52, realizando dos paradas: una frente al domicilio de B. B. y otra frente al domicilio de S. F..

Posteriormente circuló por diversas zona de la ciudad hasta su detención final. Cabe señalar que la detención en el domicilio de B. coincide con los registros fílmicos obtenidos en fincas vecinas con la presencia del vehículo y los imputados.

- Filmaciones correspondientes a la cámara de vigilancia de la finca lindera al domicilio de B., captándose cómo el viernes pasada la hora 18:30, el XXXXXX XXXXXX de la víctima estacionó frente al pasillo de la vivienda, bajaron dos personas (una de ellas claramente B. B. y el otro utilizando un gorro) y cargan algo hacia adentro del pasillo. Se observa que la puerta del coche permanece abierta varios minutos. Se observa además una tercera persona que se acerca caminando por la calle X. Luego se retiran. Esto coincide con las trazas del GPS.

- Tres videos pertenecientes a las cámaras de video vigilancia de una finca de la cuadra de la casa de B. en la acera de enfrente, apreciándose cómo el XXXXXX XXXX circula en reversa a las horas 18:39, 19:57 y 21:11, coincidente con las trazas del GPS.

- Entrevista a los hermanos del fallecido, registrada en video en la mañana de hoy, en la que éstos reconocieron los championes incautados en la casa de B. como los que usaba el fallecido.

- Fotografía social aportada por la familia del fallecido, donde éste luce los championes incautados esta mañana en el domicilio de B. B..

- Informe de apertura del teléfono del detenido B. B., señalándose charlas a través de la red de mensajería WHATSAPP con una persona que borró sus mensajes pero resulta ser el abonado XXXXXXXXX (pendiente de identificación) ofreciendo en venta el vehículo de la víctima, compartiendo incluso fotografías del mismo. La primera oferta se verificó a la hora 15:26. Además envió una foto de la cartelería con nomenclator de las calles XXXXXX y XXXXXXXXX como lugar de encuentro. Esto es a una cuadra de donde fue interceptado el coche. Finalmente, le envió mensajes al mismo abonado pidiendo auxilio porque el auto se había detenido.

- Informe pericial del vehículo de la víctima, contando con la numeración identificatoria original, y careciendo de requisitorias.

- Carpeta de Policía Científica referente a la inspección del vehículo de la víctima y su correspondiente registro fotográfico.

- Actas de incautación del vehículo XXXXXX XXXXX, de la cadena empleada, de los teléfonos celulares de los imputados, del calzado perteneciente a la víctima ocupado en el domicilio del imputado B. B., del DVR ocupado en la mañana de hoy y de los celulares ocupados en los allanamientos celebrados el día de la fecha.

- Planilla de antecedentes judiciales a cargo del RNAJ, surgiendo que el imputado B. B. reviste la calidad de primario, en tanto el imputado S. F. es reincidente.

III – NORMAS JURÍDICAS APLICABLES AL CASO.

A juicio de esta Fiscalía se han reunido elementos objetivos suficientes que dan cuenta de la presunta comisión por parte de los imputados B. D. B. S. y S. F. F. de un delito de Homicidio muy Especialmente Agravado en calidad de autores, al adecuar su accionar a lo dispuesto por los artículos 18, 60.1, 310 y 312 numeral 4 del Código Penal.

V – MEDIDAS CAUTELARES.

Atento a que la investigación preliminar continuará, se anuncia la petición de medidas cautelares, concretamente la prisión preventiva, lo que se fundamentará en la audiencia correspondiente.

VI - PETITORIO.

Por lo expuesto y disposiciones legales citadas esta Fiscalía SOLICITA:

I - Se disponga la formalización de la investigación respecto de los imputados B. D. B. S. y S. F. F. por la presunta comisión de un delito de Homicidio muy especialmente agravado en calidad de autores.

II – Se disponga la medida cautelar de prisión preventiva, por el término

Fiscalía General de la Nación

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July 11, 2022

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