A raíz de diversas denuncias presentadas en diferentes departamentos del país, por maniobras a través de estafas telefónicas en las que una persona se hacía pasar por un allegado a la Dirección Nacional de Aduanas, teniendo acceso a mercaderías a bajo costo, las que ofrecía a comerciantes y una vez llegado a un acuerdo, les daba indicaciones de a quienes debían dirigir los pagos.
Estos eran realizados a través de redes de cobranza, luego de los cuales, y al no obtener lo comprado, las víctimas se percataban de que fueron estafadas.
La investigación fue llevada en forma conjunta por parte del Departamento de Investigación de Delitos Financieros de la Dirección General de Lucha Contra el Criemn Organizado e INTERPOL y la Unidad de Investigaciones de Zona I de la Jefatura de Policía de Soriano. Esta permitió establecer que las maniobras fueron realizadas por una persona privada de libertad alojada en la Unidad N° 4 Santiago Vázquez.
Se pudo establecer que la estafa alcanza la suma de 6.000 dólares y 127.000 pesos uruguayos. Sin embargo, se han constatado movimientos de dinero que superan las sumas USD 24.000 y $U 1.326.926 cuyo origen al momento se desconoce.
La Fiscalía de 1º Turno de Mercedes, dispuso la detención de los involucrados, y la conducción del recluso que se encargaba de llevar a cabo las estafas. Simultáneamente se realizaron varios allanamientos en los domicilios de los implicados, incautándose cuatro celulares.
La Policía detuvo a los involucrados, los cuales puestos a disposición de la Fiscalía y una vez finalizada la audiencia judicial, el Juez Letrado de Primera Instancia de Mercedes de 4° Turno dispuso la condena del interno Sergio Pablo Panizza Dangelo por un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado de estafa a la pena de 3 años de penitenciaría.
Para los restantes cuatro, dos mujeres y dos hombres – fueron condenados con prisión uno de ellos por un delito de lavado de activos a la pena de dos años y cuatro meses de penitenciaría; y los otros tres por un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado de estafa.
Fuente: D.G.L.C.C.O. e INTERPOL