Monday, 25 November 2024

La investigación fue llevada adelante por la Brigada de Narcóticos junto con personal de Información Táctica e Investigaciones de la Zona III de la Jefatura de Policía de Colonia a partir de información sobre la posible comercialización de droga en la ciudad de Carmelo por parte de integrantes de una familia.

Luego de solicitadas las órdenes de allanamiento correspondientes, el 11 de enero se realizaron dos procedimientos: uno en la casa de Y.B.P.V. de 33 años, que horas antes había salido a la casa de su cuñado I.R.V.E., de 30 años, con una bolsa donde presumiblemente transportaba droga. En el domicilio de Y.B.P.V, pareja de H.E.V.E. de 42 años, quien se encuentra privado de libertad en la Unidad Nº 14 del Instituto Nacional de Rehabilitación, se incautaron celulares y 42.590 pesos y 95 dólares.

El otro allanamiento se llevó adelante en la casa del cuñado de la mujer, hermano del privado de libertad. Allí se incautaron un ladrillo de 479 gramos de cocaína, 490 gramos de marihuana, cinco envoltorios de 10 gramos de marihuana cada uno y un envoltorio de 8 gramos de cocaína. En el operativo también se detuvo a su pareja, M.J.B.D. de 26 años. Parte de la droga incautada es la que había sido llevada horas antes por Y.B.P.V.

En las pericias realizadas en los celulares incautados se encontraron conversaciones e información que evidenciaba la red que estas cuatro personas habían establecido entre sí para la comercialización de los estupefacientes.

Conducidos ante el Juzgado Letrado de 1er. Turno de la ciudad de Carmelo, H.E.V.E. fue formalizado como autor penalmente responsable de un delito de violación a lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Nº 14. 294 en la modalidad de negociación de sustancia estupefaciente especialmente agravado y condenado a la pena de 4 años y 6 meses de penitenciaria.

Su pareja, Y.B.P.V., fue formalizada como autora penalmente responsable de dos delitos de violación a lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Nº 14.294 en la modalidad de transporte y negociación de sustancia estupefaciente con una pena de 3 años de penitenciaría.

Por su parte, I.R.V.E. y su pareja M.J.B.D. fueron formalizados como autores penalmente responsables de un delito de violación a lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Nº 14.294 en la modalidad de negociación de sustancia estupefaciente con una pena de 2 años y 2 meses de penitenciaria.

Por este hecho, el Instituto Nacional de Rehabilitación dispuso una investigación administrativa en la Unidad Nº 14 para determinar responsabilidades en relación a la participación del interno.

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