Friday, 19 April 2024

Además, se le impuso al ahora condenado el cumplimiento de medidas de seguridad eliminativas con un mínimo de 1 año y un máximo de 9 años, las cuales comenzarán a regir una vez cumplida la pena de penitenciaría.

La Fiscalía Penal de Montevideo de Homicidios de 2° turno, a cargo de la fiscal Mirta Morales, obtuvo como resultado de un juicio oral la condena de un hombre por el homicidio de tres infantes de Marina cometido en mayo de 2020.

J.M.B.G. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado a la pena de veintinueve años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo, con descuento de la preventiva cumplida.

Se dispuso además para el ahora condenado el cumplimiento de medidas de seguridad eliminativas con un mínimo de un año y un máximo de nueve años, las cuales comenzarán a regir una vez cumplida la pena de penitenciaría impuesta.

En cuanto a los hechos, el día 31 de mayo de 2020, los funcionarios militares (hoy fallecidos) se encontraban cumpliendo funciones de vigilancia en un predio militar custodiado por personal de FUSNA conocido como "La Antena", ubicado en la ladera de la Fortaleza del Cerro de Montevideo.

En la noche de ese día, el imputado ingresó a la vivienda de seguridad de la base de las Fuerzas Armadas, lugar que conocía por haberse desempeñado como funcionario militar hasta el 22 de marzo de 2020. Dentro de la vivienda se dirigió a una habitación destinada a dormitorio donde estaba durmiendo una de las víctimas y le sustrajo su arma de fuego para dirigirse hacia la pieza principal del recinto, utilizada como oficina y allí efectuar disparos contra los otros dos hombres, falleciendo ambos en el lugar.

Luego se dirigió nuevamente al dormitorio efectuando múltiples disparos contra el primero de los hombres, quien se encontraba durmiendo.

Posteriormente, B. sustrajo las armas de fuego de reglamento de las víctimas y se retiró del lugar, en posesión de las tres armas y de los tres cargadores, sin forzar ningún elemento existente, para su ingreso o egreso.

Sobre las 8.00 horas, los funcionarios militares encargados del relevo, ante la falta de respuesta del personal de la guardia nocturna, decidieron concurrir a la dependencia donde las víctimas deberían encontrarse cumpliendo funciones de custodia, encontrando que sus compañeros habían sido asesinados.

Después de los hechos, el imputado se desprendió de dos de las armas sustraídas, permaneciendo en posesión de la otra.

Las tres armas y los tres cargadores fueron recuperados por la autoridad policial, una de ellas en la diligencia de allanamiento que se procedió a la detención del imputado, las dos restantes se ubicaron en la vía pública por una información anónima recibida por la autoridad policial correspondiente.

La Fiscalía logró demostrar la responsabilidad del imputado en los hechos con la siguiente evidencia, entre otras: declaraciones de testigos, de funcionarios policiales intervinientes, de peritos y sus respectivos informes.

En su sentencia, la Jueza del caso destaca que "existe un cúmulo de elementos probatorios que fueron analizados y valorados en su conjunto y bajo las reglas de la sana critica, creando certeza razonable en la sentenciante a los efectos de disponer de la condena".

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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